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Rectificación de Área y Linderos

La rectificación de área y linderos es el procedimiento mediante el cual se corrigen discrepancias entre la realidad física del terreno y lo inscrito en Registros Públicos (SUNARP). Se aplica cuando el área o los linderos del predio resultan mayores o menores a los registrados.

Procedimientos notariales:

  • Por mutuo acuerdo: mediante escritura pública suscrita por el propietario y todos los propietarios de los predios colindantes.
  • Procedimiento notarial directo: siempre que el área física del terreno sea igual o inferior a la registrada en la partida del predio.

En ambos casos, se realiza el levantamiento topográfico, la visación municipal y la rectificación registral conforme a ley, evitando observaciones, conflictos de colindancia y pérdida de valor comercial.

Beneficios:

  • Seguridad jurídica sobre la verdadera extensión del predio.
  • Evita conflictos con propietarios colindantes.
  • Conserva y potencia el valor comercial de la propiedad.

Requisitos:

  • Búsqueda catastral
  • Visación municipal
  • Declaratoria de fábrica (según el caso)
  • Planos de ubicación y planos perimétricos actualizados del predio
  • Memoria descriptiva del predio
  • Informe técnico

“Rectifica tu área y linderos conforme a la realidad física de tu propiedad y asegura tu tranquilidad jurídica”